“Entre las irregularidades detectadas en la experticia se encuentran: El incremento o aumentos ilegales de las obras contratadas entre 2005 y 2008, por la suma de RD$6 mil 523.9 millones
Sostuvo que esa auditoría puso de relieve “serias y graves irregularidades” que comprometen la responsabilidad tanto civil como penal del entonces director de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), entre las cuales señaló haber pagado RD$2,874.7 millones cuando las cubicaciones presentadas ascendieron solamente a RD$1,480.6 millones, para un sobrepago de RD$1,394.1 millones; y haber favorecido empresas controladas por el propio funcionario, Félix Ramón Bautista Rosario.
“Entre las irregularidades detectadas en la experticia se encuentran: El incremento o aumentos ilegales de las obras contratadas entre 2005 y 2008, por la suma de RD$6 mil 523.9 millones"“Entre las irregularidades detectadas en la experticia se encuentran: El incremento o aumentos ilegales de las obras contratadas entre 2005 y 2008, por la suma de RD$6 mil 523.9 millones; d) sobrevaluación del Palacio de Bellas Artes y construcción de los parqueos soterrados de esa institución, elevado de RD$761.1 millones a RD$1,601.8 millones, y e) contratar obras por un monto superior al presupuestado, sin definirse de donde se obtendrían los fondos excedentarios”, precisó la ADOCCO en su denuncia formal ante la DPCA.
Los directivos de ADOCCO, encabezados por su Coordinador General, Julio Cesar De la Rosa Tiburcio, Rigoberto Rosario y Yuscil Chez, presentaron la denuncia ante el Director de la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa (DPCA), Hotoniel Bonilla.
ADOCCO también anunció que en los próximos días presentará querella formal contra los responsables de la sobrevaluación de la remodelación de la Biblioteca Nacional de la Plaza de la Cultura en más de 700 millones de pesos del contrato original firmado por 500 millones, producto de unas adendas violatorias de la ley 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas, responsabilidad de quien otorgo el contrato y la empresa contratista.
La organización de la sociedad civil que lucha contra la corrupción sustentó la denuncia contra Félix Bautista en los instrumentos legales, entre los que citó la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, la Convención Interamericana contra la Corrupción, la Constitución de la Republica y sus artículos 22, 75.12, 146, numerales 1, 2 y 3, 139 y 246, entre otros.
Asimismo, se fundamenta en la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Publico, No. 423-06, los Arts. 4.4 y 32 de la Ley 41-08, de Función Pública; la Ley No. 10-07, que en su artículo 25 instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República, del 8 de enero de 2007.
También, en los artículos 29 y 31 del Código Procesal Penal; la Ley 137-11, Orgánica del Ministerio Publico, y los artículos 174 al 183 del Código Penal, entre otros.
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