jueves, 24 de junio de 2010

Cámara Contenciosa acoge petición del PRD en Ocoa


La Cámara Contenciosa de la Junta Central Electoral acogió un Recurso de apelación del Partido Revolucionario Dominicano que apeló la decisión de la JM de Rancho Arriba San José de Ocoa por entender que la misma es contraria a al articulo 141 y 142 de la Ley 275-97 y sus modificaciones. En ese sentido el organismo comicial ordena basada en el imperio del articulo 141 de la referida Ley proceder a examinar, una por una, las boletas nulas y observadas de los colegios electorales correspondientes a esa junta.De igual manera ordena incorporar al cómputo definitivo del Colegio Electoral correspondiente, aquellos votos que sean declarados válidos, de conformidad con las disposiciones de los artículos 141 y 142 de la Ley 275-97 y sus modificaciones. Leer Más

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